Autor de la pregunta:
JOse
Pregunta:
Buenos días:
Soy propietario de una finca rústica de regadio arrendada por cinco años a una empresa S.L.
En el contrato se estipula que la renta se pagará mensualmente. Antes del día 5 de cada mes. Siempre pagan con retraso, siempre deben uno o dos meses. Tengo que esperar que deban tres mensualidades para reclamar judicialmente el pago y la resolución del contrato ???
Respuesta:
la ley no es clara al respecto, y la jurisprudencia dice que hay que ver caso por caso, si el retraso es reiterado puede ser motivo de desahucio por incumplimiento de contrato
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Celia Miravalles, abogado
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