¿Quién es preferente el retracto de colindantes, el de comunero o el de arrendamiento rústico?

pregunta:
 
Buenos días,
 
Lo primero de todo, felicitarle por sus entradas en Agronews que nos aclaran mucho los temas a aquellos que somos ajenos a la materia.
 
Se me plantea una situación en que necesitaría saber si existe derecho de tanteo/retracto y, en su caso, cual sería el derecho prevalente. La situación es una finca rústica de dos titulares proindiviso que se encuentra arrendada. Un copropietario desea vender su parte al otro copropietario ¿tendría derecho de tanteo/retracto el arrendatario? ¿Qué derecho prevalece el del comunero o el del arrendatario?
 
Si pudiera responderme a esta consulta, se lo agradecería.
 
Saludos.
 
respuesta:

Entre arrendatario y comunero es preferente el arrendatario; y entre comunero y colindante es preferente el comunero

Celia Miravalles, abogado

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