Autor de la pregunta:
Isabel
Pregunta:
En una acción de retracto, la tierra del que pretende interponer la acción(retrayente) ha de ser inferior a 1 hectárea o solo la del vendedor, como recoge el art. 1523 del Ccivil
REspuesta:
creo que equivocas la preferencia del colindante ante un retracto ejercido por el arrendatario; en este caso para que sea preferente el colindante tanto la finca que se vende como la que colinda tienen que ser menores de 1 h
en un retracto de colindantes del Código Civil solo se exige que sea menor de 1 ha la finca que se vende
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Celia Miravalles, abogado
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