como declaro los ingresos de la alfalfa en hacienda?

Autor de la pregunta:

Fernando

pregunta:

Soy agricultor

Resulta que tengo una finca que ronda las 40 Hectareas,de regadío,amueblada con riego aspersión.

En ella hago dos cosechas,cebada y maíz,al año.Los dividendos no son muy grandes pero las inversiones que debo efectuar casi me descapitalizan cada  año.Tengo otra finca de 5 Hectarea que la tengo plantada de alfalfa.apenas da gastos y algo saco.

Hablando con la empresa de forrajes me han hecho una oferta:ellos se encargarían de plantar toda la finca de 40,de alfalfa,con todos los gastos a su cuenta,incluido el agua, y me darían X euros por hectárea libres de polvo y paja.Es decir les alquilaría la finca y su riego a aspersión. La duda que tengo es como quedaría yo,ante Hacienda,como debería declarar,seria conveniente crear una empresa,por mi parte,pues si se diera el caso,por decirlo dejaría de ser labrador.

El PAC,va y estará a mi nombre y lo cobraría yo 

Hace unos meses lei,pero ahora,no me acuerdo donde,que Hacienda estaba muy encima de estos alquileres por la cuestión de quien debe pagar

Si se diera al fin esta cuestión,resulta que tendría a mi haber,los cobros de la PAC mas lo que ingresara por el alquiler de las tierras pero no tendría “” gastos””para deducir

Estoy hecho un lio,me podeis orientar

Gracias

Respuesta:

segun las ultimas interpretaciones de Hacienda los ingresos que los agricultores perciben por contratos de alfalfa son considerados como arriendos y no como actividad económica.

Para poder considerar esos ingresos de forrajes como actividad empresarial en Estimación Objetiva por Módulos, la Agencia Tributaria exige que se demuestre la existencia de esa actividad empresarial. Si el agricultor se limita a cobrar de la alfalfera un tanto fijo por hectárea o el importe correspondiente a los kilos de alfalfa obtenidos y no puede justificar los gastos que son inherentes al desarrollo del cultivo (abonos, fitosanitarios, herbicidas, trabajos de tratamientos, abonado, corte, hilerado, etc.), Hacienda interpreta que se trata de un simple arrendamiento y exige que se tribute por él como tal.

Para que se pueda tributar por esos ingresos como actividad económica en Estimación Objetiva por Módulos, se ha de poder demostrar que se desarrollan los procesos habituales del cultivo, es decir, el titular deberá de estar en posesión de las facturas que justifiquen todos los gastos del cultivo.

Las empresas que compran la alfalfa u otros forrajes deberán emitir las facturas o autoliquidaciones de compra del producto a los agricultores por su valor de mercado y si prestan servicios de abonado, corte, hilerado, acarreo, etc. deberán emitir las facturas al agricultor de forma independiente.

En este caso, los agricultores con contratos de compra-venta de forrajes u otros cultivos podrán incluir esos ingresos como rendimientos de actividades económicas en Módulos.

 

 

Celia Miravalles, abogado

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