En el Proyecto de Orden que regula el método de estimación objetiva del IRPF para el año 2025 , actualmente en la Audiencia Pública , se ha incluido una medida propuesta por ASAJA en negociaciones con el Gobierno. Esta medida representa un cambio significativo: la compensación del Régimen Especial de la Agricultura, Ganadería y Pesca del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) no se incluye en el cómputo de ingresos totales para quienes tributan en el Régimen de Estimación Objetiva del IRPF . Esta modificación ha sido trabajada por ASAJA con el objetivo de brindar mejores condiciones fiscales a los pequeños y medianos productores.
El impacto de la medida en el Régimen de Estimación Objetiva
El cambio se encuentra en el artículo 3, apartado b) de la Orden que desarrolla las magnitudes en función del volumen de ingresos para las actividades agrícolas y ganaderas. Según el texto:
«A efectos de lo dispuesto en las letras a) yb) anteriores, el volumen de ingresos incluirá la totalidad de los obtenidos en el conjunto de las actividades mencionadas, no computándose entre ellas las subvenciones corrientes o de capital, ni las indemnizaciones ni la compensación. del Régimen Especial de la Agricultura, Ganadería y Pesca del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), así como tampoco el Impuesto sobre el Valor Añadido y, en su caso, el recargo de equivalencia que grave la operación, para aquellas actividades que tributan por el régimen simplificado del IVA».
Esta disposición permitirá a muchos productores acogerse al Régimen de módulos del IRPF sin sobrepasar el límite de 250.000 € de ingresos anuales, requerido para la tributación por módulos. De esta manera, podrán seguir beneficiándose de las ventajas fiscales de este régimen especial, en el que actualmente están registrados cerca de un millón de contribuyentes del sector agrario y ganadero en España.
El Régimen Especial de la Agricultura, Ganadería y Pesca en el IVA
Este régimen simplificado de tributación busca facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los agricultores, ganaderos y pescadores en España, eliminando algunos de los requisitos contables y administrativos que implican el régimen general de IVA. El principal requisito para acogerse a este régimen es que los ingresos anuales por actividades agrícolas o ganaderas no superen los 250.000 euros , sumando los ingresos de todas las explotaciones.
Los contribuyentes que operan bajo este régimen no cobran IVA a sus clientes, sino que reciben una compensación fija del 12% en el caso de productos agrícolas y ganaderos, y del 10,5% para productos forestales . Esta compensación es abonada por los compradores, generalmente empresas o profesionales que operan en el régimen general de IVA, y tiene como finalidad cubrir el IVA soportado en las compras y gastos relacionados con la actividad del agricultor o ganadero.
Beneficios y alcance de la medida
Con la no inclusión de la compensación del IVA en el cálculo de ingresos , se espera que un amplio grupo de agricultores y ganaderos pueda mantenerse en este régimen fiscal simplificado. La ordenanza de esta medida en el Boletín Oficial del Estado (BOE), según el histórico de años anteriores, se publicará a finales de noviembre de 2024, permitiendo su entrada en vigor y aplicación inmediata para el próximo ejercicio fiscal.
Otras medidas destacadas del Proyecto de Orden
Además de la exención de la compensación del IVA en el cálculo de ingresos, el Proyecto de Orden incorpora otras disposiciones de interés para el sector agrícola y ganadero:
Reducción del rendimiento neto en zonas afectadas por la DANA
Para los contribuyentes que tributan en municipios afectados por la DANA de finales de octubre de 2024 , la Orden establece una reducción del rendimiento neto de módulos en un 25% . Esta reducción será aplicable sobre el rendimiento neto resultante, una vez aplicada la reducción general del 5% que se ha establecido para todo el año 2024. Esta medida busca compensar las pérdidas y daños en explotaciones afectadas por desastres climáticos.
Mantenimiento de índices y módulos actuales
Para el ejercicio 2025, la Orden mantiene sin cambios la cantidad de los signos, índices o módulos y las instrucciones de aplicación. Además, se establece una reducción adicional del 5% en el rendimiento neto para todos los contribuyentes que tributan por el método de estimación objetiva.
Eliminación de la asignación en la factura de gasóleo agrícola y fertilizantes
En contraposición, el Proyecto de Orden no contempla para 2025 la asignación en la factura por adquisición de gasóleo agrícola y fertilizantes que estuvo vigente en los últimos tres años. Esta decisión ha generado preocupación en el sector, ya que la asignación representaba una reducción del 35% en el coste de gasóleo agrícola y del 15% en fertilizantes .
Nueva reivindicación de ASAJA para los agricultores y ganaderos
ASAJA ha expresado su desacuerdo con la eliminación de la asignación en gasóleo y fertilizantes , especialmente en un contexto de aumentos continuos en los precios de insumos y costes operativos. La organización insiste en que esta reducción es crucial para garantizar la sostenibilidad económica de los agricultores y ganaderos, quienes han soportado costos elevados durante los últimos años.
Por ello, ASAJA comenzará a trabajar para conseguir una fiscalidad adecuada a la realidad del sector agrícola y ganadero. Entre sus demandas actuales, destaca la solicitud para que el tipo de compensación del IVA en la ganadería aumente del 10,5% al 12% , equiparándolo así al tipo de compensación aplicado en la agricultura.
Conclusiones y perspectivas
La inclusión de esta medida en el Proyecto de Orden del IRPF para 2025 es un logro significativo para ASAJA y para el sector agrario en general, ya que permitirá a millas de productores mantener un régimen fiscal simplificado. Esta exención facilitará el cumplimiento de las obligaciones tributarias, asegurando que muchos contribuyentes del sector puedan evitar cambios fiscales abruptos y seguir con un sistema que se adapta mejor a sus capacidades y necesidades.
A pesar de estos avances, todavía quedan reclamaciones pendientes, como el mantenimiento de la beneficio en gasóleo agrícola y fertilizantes , aspectos que ASAJA considera fundamentales para la estabilidad y viabilidad de las explotaciones agrícolas y ganaderas en España.