ASAJA denuncia que las tasas de las ITEAF en Andalucía son «hasta un 71% más altas que en otras regiones»

Agronews Castilla y León

9 de abril de 2016

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El presidente de la Asociación Agraria Jóvenes Agricultores (Asaja Córdoba), Ignacio Fernández de Mesa, ha informado de que por parte de la organización se han presentado alegaciones al proyecto de orden de la Consejería de Empleo, Empresa y Comercio de la Junta de Andalucía por la que se establecen las tarifas del servicio de Inspección Técnica de Equipos de Aplicación de Productos Fitosanitarios (ITEAF), ya que “llegan a ser incluso un 71% más caras que en otras comunidades autónomas del país”.

Asimismo, las alegaciones presentadas recogen que la Dirección General de Industria, Energía y Minas contempla para las tarifas de ITV de 2016 que las segundas inspecciones por rechazo de la primera inspección cuando se realiza en el plazo de dos meses desde la primera, el importe es de cero euros, pero, sin embargo, la Junta de Andalucía aplica la mitad del importe de la tarifa y un plazo de 30 días para la ITEAF.

Por tanto, para segundas inspecciones tendría un coste de 41,36 euros y para las terceras de 82,74 euros, por lo que si el agricultor tuviese que llegar a las terceras, tendría un coste total de 206,84 euros.

De otro lado, Asaja ha subrayado que el informe de la Secretaría de Estado de Economía y Apoyo a la Empresa considera “que la atribución de la prestación del servicio de ITEAF en la Comunidad Autónoma de Andalucía, en régimen de exclusividad, a VEIASA en el artículo 5 y en la Disposición adicional primera del Decreto-ley 16/2014, de 23 de diciembre, podría suponer una vulneración del principio de necesidad y proporcionalidad contenido en el artículo 5 de la LGUM”.

Por tanto, esta organización considera que la atribución en exclusividad del servicio a VEIASA traerá consigo “consecuencias muy perjudiciales para los agricultores y ganaderos andaluces porque imposibilita la libre elección de la empresa con la que contratar el servicio, entraña una discriminación respecto al resto de los agricultores y ganaderos del Estado, vulnera el Artículo 14 de la Constitución Española y encarece los costes de la realización de las ITEAF”.

Junto a ello, dificulta en la práctica el cumplimiento de la obligación de pasar las ITEAF antes del 26 de noviembre de 2016, fecha tope, ya que la empresa aún no está dando citas para la inspección, “lo que podría acarrear sanciones a los agricultores y ganaderos que, sin ninguna responsabilidad y, habiendo actuado con diligencia, no pueden conseguir cumplir con dicha obligación”.



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