El presidente de la Asociación Agraria Jóvenes Agricultores (Asaja) de Córdoba, Ignacio Fernández de Mesa, ha mostrado su satisfacción después de que la Junta de Andalucía haya publicado hoy la Orden por la que se declara oficialmente la existencia de la plaga del mosquito de trigo (Mayetiola destructor), que ha afectado esta campaña a determinadas zonas cerealistas. De este modo, se permite la quema de rastrojos y el volteo de la tierra hasta el 1 de marzo.
Fernández de Mesa ha subrayado que es una medida que desde la organización agraria se ha reclamado a la administración autonómica en numerosas ocasiones debido a los efectos de plagas y enfermedades en los cereales que este año se han producido en las zonas cerealistas de la provincia a consecuencia de las condiciones climatológicas, especialmente en la comarca de Campiña, Guadiato y la mayor parte de la Vega de Guadalquivir, lo que “ha acarreado una importante pérdida de la producción en esta campaña”.
“Si la cosecha de este año ya está afectada, hay que prever las consecuencias negativas de esas plagas para la próxima campaña”, ha afirmado Fernández de Mesa, quien ha destacado que “para eliminarlas de forma eficaz, resulta imprescindible la quema de los rastrojos en la presente campaña en toda la superficie afectada, debiéndose hacer cuanto antes en este verano”.
En concreto, la Orden permite llevar a cabo la quema de rastrojos y el volteo de la tierra en algunos polígonos del Sistema de Información Geográfica de Parcelas Agrícolas(SIGPAC) de los municipios cordobeses de Almodóvar del Río, Cañete de las Torres, El Carpio Castro del Río, Córdoba, Fuente Obejuna, Fuente Palmera, Guadalcázar, Hornachuelos, La Carlota, La Rambla, La Victoria, Los Blázquez, Montemayor, Montilla, Montoro, Palma del Río, Posadas y San Sebastián de los Ballesteros.
Esta lista supone seis municipios más de la provincia de lo que se contemplaba en el borrador de dicha Orden, por lo que Asaja ha mostrado su satisfacción, a pesar del retraso con el que la Junta de Andalucía ha publicado esta autorización.
Esta normativa contempla diversas zonas de las provincias de Cádiz, Córdoba y Sevilla -ubicadas en su mayoría en la campiña del río Guadalquivir-, donde se ha comprobado que la plaga ha tenido una alta presencia y ha provocado daños en el cultivo de trigo. En estos territorios donde se reconoce la existencia de la plaga, los titulares de explotaciones de trigo deben aplicar una serie de medidas fitosanitarias obligatorias para evitar su dispersión.
Además de las fincas de este cereal situadas en el área delimitada por el BOJA, también deben llevar a cabo las mismas medidas fitosanitarias aquellos titulares de explotaciones de trigo de la campaña 2015/2016 que hayan contratado un seguro con coberturas crecientes para explotaciones de cultivos herbáceos extensivos del Plan de Seguros 2015 y que hayan sufrido daños por esta plaga. Los agricultores que no se encuentren en ninguno de estos dos casos pero que también han sufrido las consecuencias del mosquito del trigo en sus cultivos, pueden acogerse a las medidas establecidas en la Orden si comunican su situación a la Delegación Territorial de la Consejería que corresponda presentando una declaración de afección de la plaga y un informe pericial.
Acciones de control
Entre las medidas fitosanitarias que deben aplicar obligatoriamente los productores afectados, se encuentran la incorporación al suelo de los rastrojos del cultivo mediante laboreo (enterrado de los restos de cultivo que quedan tras la recolección del cereal). De manera opcional, la Consejería permite la quema excepcional del rastrojo por motivos fitosanitarios, si bien esta acción debe hacerse siempre de forma controlada y cumpliendo los requisitos establecidos en la Orden. Entre estas condiciones, se encuentra la obligación de comunicar la quema de rastrojos a la Oficina Comarcal Agraria que corresponde al agricultor, realizar un perímetro de diez metros de anchura, fraccionar el fuego en zonas de no más de 10 hectáreas, y no realizar ninguna quema si las condiciones meteorológicas son adversas. Además, el titular de la finca debe establecer una vigilancia permanente hasta dos horas después de finalizar la quema y disponer de un tractor con grada y una dotación de agua.
Por supuesto, deben respetarse los requisitos contemplados en la normativa de prevención de incendios forestales aplicable en cada caso y nunca podrá realizarse la quema de rastrojos en las explotaciones de trigo situadas en terrenos calificados como forestal o zona de influencia forestal.
Por otro lado, los productores de trigo afectados por el mosquito también deben llevar a cabo una rotación de cultivos, eliminar los rebrotes de cereal en el otoño próximo y evitar las siembras tempranas o muy tardías del trigo en la próxima campaña. Además, desde la Consejería se recomienda utilizar los productos fitosanitarios autorizados para el control de esta plaga en la semilla que se utilizará para la siembra del nuevo cereal.