Aparecen dos nuevos casos de viruela ovino – caprina en Cuenca

Agronews Castilla y León

1 de diciembre de 2022

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La intensificación de la vigilancia llevada a cabo por los Servicios Veterinarios Oficiales (SVO) a raíz de la detección desde el pasado mes de septiembre de la presencia de virus de Viruela Ovina y Caprina (VOC) en explotaciones de ovino en las provincias de Granada, Almería y Cuenca, ha permitido la detección temprana de dos nuevos focos en la provincia de Cuenca. Se trata de dos explotaciones de ovejas para producción de leche, con un censo de 1.519 y 820 ovejas respectivamente, localizadas en los municipios de La Alberca de Záncara (comarca de San Clemente) y Tébar (comarca de Motilla de Palancar). La zona de restricción que se había establecido como consecuencia de los focos notificados en la provincia de Cuenca con anterioridad se ha levantado con fecha 23 de noviembre de 2022, una vez transcurridos 30 días desde la finalización de las labores de limpieza y desinfección preliminares en las explotaciones afectadas.

Ambas sospechas se originaron por la detección y comunicación a los SVO de signos clínicos y lesiones compatibles con la enfermedad. A consecuencia de ello, se procedió a realizar inmediatamente la visita oficial a las explotaciones y se realizó la correspondiente toma de muestras oficiales para su análisis en el Laboratorio Central de Veterinaria (LCV) del MAPA en Algete (Madrid), Laboratorio Nacional de Referencia para la enfermedad en España, donde se ha confirmado el resultado positivo al virus de viruela ovina por PCR en ambos casos. En total se han confirmado en España hasta la fecha, un total de veintitrés focos de la enfermedad: doce en la provincia de Granada, uno en la provincia de Almería, y diez en la provincia de Cuenca.

Las autoridades de Castilla – La Mancha han adoptado de forma inmediata las medidas de control contempladas en el Reglamento Delegado (UE) 2020/687 de la Comisión, por el que se completa el Reglamento (UE) 2016/429 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo referente a las normas relativas a la prevención y el control de determinadas enfermedades de la lista, y que incluye el sacrificio de los animales, eliminación de los cadáveres en planta de trasformación, limpieza y desinfección oficial de las explotaciones, establecimiento de una zona de protección de 3 km y una de vigilancia de 10 km, con refuerzo de medidas de bioseguridad y vigilancia en las explotaciones, así como la aplicación de medidas de restricción de movimiento de animales y productos, y la investigación epidemiológica para tratar de identificar el origen del virus, aún bajo estudio, así como los posibles contactos de riesgo que se hayan podido dar, entre otras.

Cabe recordar que la VOC se trata de una enfermedad no zoonótica que afecta exclusivamente a las especies ovina y caprina, sin que en ningún caso pueda transmitirse al ser humano, ni por contacto directo con los animales, ni a través de productos derivados de los mismos.

Se recuerda la importancia de aplicar en todo el territorio nacional unas adecuadas medidas de bioseguridad en las explotaciones de ovino y caprino así como en el transporte animal, y de garantizar el buen funcionamiento de los sistemas de vigilancia pasiva para detectar tempranamente la eventual entrada de la enfermedad en otras explotaciones, para lo que es vital que se comunique a los SVO cualquier indicio de la enfermedad que pudiera aparecer en las explotaciones de ovino y caprino del país.



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