Acotadas con tablillas decorativas 29 fincas privadas de aprovechamiento micológico en Ávila

Agronews Castilla y León

25 de diciembre de 2015

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Los propietarios privados de montes de Castilla y León sufren, en la época de recolección de setas, la entrada masiva de gente en sus fincas. Esquilmados, no cobran por sus setas ni se plantean aprovechar ellos mismos el recurso, ni disfrutarlo, arrendarlo o venderlo directamente. A pesar de las incautaciones que lleva a cabo la Guardia Civil, la extracción abusiva del recurso prosigue, año tras año.

Así lo confirmaron los ponentes de la jornada celebrada el pasado 21 de diciembre en Salamanca, organizada por la Asociación de Propietarios Forestales de esta provincia (ASFOSA), con la participación de la confederación nacional del sector, COSE.

Las fincas privadas, huérfanas de legislación

Según la Ley de Montes (2003), el propietario de los recursos forestales es el titular del monte, incluidos los productos “espontáneos”. Algo que ha ratificado la legislación regional (2009), que dice que “el propietario de los derechos sobre los montes tiene el derecho a hacer suyos los aprovechamientos forestales”. Bajo este marco general, existe un decreto que regula los aprovechamientos micológicos en Castilla y León, pero sólo aborda materias como los métodos de recolección y el aprovechamiento en los montes de utilidad pública, sin procedimiento sancionador.

De esta forma, en Castilla y León no existe una regulación a nivel autonómico que regule el aprovechamiento micológico en fincas particulares, como sí sucede en otras regiones como Galicia, Aragón o La Rioja, o para otras actividades como la caza, por ejemplo. “Esa es nuestra aspiración –señala Carlos Mantecas Alonso, técnico de la Asociación Forestal de Ávila-. Nos prometen que el decreto llegará, pero pasan los años y no ha aparecido”.

Muchos ayuntamientos y propietarios han intentado solucionar el problema a su manera, pero ningún sistema ha resultado útil en fincas particulares.

Reacción en Ávila

En estas circunstancias, previo estudio de la legislación vigente, ASFOAVI decidió consultar a su organización homóloga en Soria (ASFOSO); provincia experimentada en este ámbito, así como con el SEPRONA (Guardia Civil), el Servicio de Medioambiente y la Diputación Provincial de Ávila, quienes “nos animaron a dar un paso al frente”, dado que la situación era “acuciante”.

“Hemos decidido crear unas tablillas idénticas a las que se colocan en el perímetro de las fincas sorianas –explica Carlos Mantecas-. En unos vinilos personalizados marcamos unidad micológica, nombre de la finca, y logotipo y teléfono de la Asociación. A un precio de 7 euros (IVA incluido), para los Socios. Cada propietario ha colocado sus tablillas como ha considerado oportuno”.

2014 – 2015

2015 – 2016

29 acotados

42 acotados

7.400 hectáreas

13.400 hectáreas

Hoy hay 29 propietarios apuntados, de fincas muy variadas (desde 1 hasta 800 hectáreas), sin obedecer a una legislación específica, aunque en sintonía con lo que dicta el borrador de la futura regulación de la actividad micológica de Castilla y León: “Un registro propio de cotos que podamos gestionar como consideremos”, resume el técnico de ASFOAVI.

Por otra parte, a falta de un procedimiento sancionador, ante una invasión de una finca privada la única opción que tiene el propietario es denunciar un hurto o un robo, para lo cual se requerirá que se persone la Guardia Civil, y resolviéndose por la vía de lo penal en función de la cuantía, algo totalmente desproporcionado.

En este sentido, en aquellos terrenos forestales de gestión privada donde se haya realizado un acto de reserva del aprovechamiento de setas, esto es, no consentir la recolección libre, las infracciones se deberían trasladar por la vía administrativa, como ocurre con los aprovechamientos de leñas y madera.

“Las tablillas han intimidado al visitante, y actualmente entran menos personas en nuestras fincas –asegura Carlos Mantecas-. Es un primer paso. Pero aún no es posible arrendar su terreno, ya que no es posible asegurar al cliente que estará solo recolectando”.

Contrato agroalimentario

La presión sobre el recurso micológico aumenta, lo cual está provocando un daño ambiental, económico y, en ocasiones, de orden público allá donde sucede.

Frente a la economía sumergida donde se mueve el comercio de las setas COSE -Confederación de Organizaciones de Selvicultores de España-, ha promovido junto a FETRUSE –Federación Española de Empresarios de Setas y Trufas- la creación de un contrato tipo agroalimentario de compraventa de hongos silvestres para su comercialización en fresco, homologado por el MAGRAMA –Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente-, con el fin de ordenar y regular esta situación (http://selvicultor.net/wp-content/uploads/2015/10/Contrato_tipo_agroalimentario_Hongos_Silvestres.pdf)

Productores y Comercializadores, por tanto, abordan juntos el problema fiscal que tiene la actividad micológica en España. El propietario es incapaz de afrontar la invasión de su finca, con la legislación que existe. Se le quita un producto que es suyo, y no puede plantearse arrendar dicho aprovechamiento o explotar su recurso. Entretanto, el comerciante compra un producto ilegal, sin control sanitario, a un alto precio del que no obtiene una factura.

El contrato tipo, ya publicado en el BOE y plenamente operativo, refleja una transacción económica. El propietario del monte podrá decidir legítimamente cómo, cuándo y cuánto se puede recolectar las setas en su finca.

Pero la normativa no contempla un régimen fiscal para la actividad “ocasional”, como es el caso de los recolectores, que huyen de un régimen fiscal general que tipifica a los recolectores de auténticos empresarios y les carga con una serie de formalidades fiscales que hacen inviable la actividad. Como consecuencia, se funciona bajo un sistema de economía sumergida trasladando la fiscalidad a los compradores, restaurantes y distribuidores, que soportan el coste final adicional que supone adquirir inputs empresariales sin poder justificar fiscalmente el coste, al no disponer de la pertinente factura.

El contrato tipo es un contrato privado –firmado por quien compra y quien vende-, que recoge los datos necesarios para que tenga reconocimiento oficial (identificación de los que realizan la compra-venta, las especies recolectadas, el peso y la fecha de extracción, así como precio e importe). vinculado al permiso de recolección, requisito indispensable para que tenga validez.

“El contrato tipo se está utilizando mucho, especialmente en Cataluña –señala Patricia Gómez Agrela, gerente de COSE-. A falta de otra cosa, y conscientes de que se debe definir aún más, es todo lo que actualmente tiene el sector para regularizar la comercialización”.

En estos momentos se está trabajando para hacer las modificaciones convenientes sobre el contrato tipo con el Ministerio de Hacienda y con la Agencia Tributaria (AEAT) para que tenga validez como justificante de compra, de forma que el recolector pueda legalizar su actividad sin carga formal adicional, el comprador de setas tenga plenamente legalizada su adquisición y poder justificar el gasto fiscal, el propietario forestal tendría capacidad de decisión y control sobre su monte y, con todo, quede garantizada la trazabilidad del producto.



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