Vamos a comprar una tierra con sus correspondientes derechos, dichos derechos están en una comunidad de bienes, que nos ceden los derechos que nos corresponden por la tierra que compraremos. Cuando debemos hacer el traspado de los derechos a nuestro nombr

Autor de la pregunta:

Ana

Aún no se ha habilitado un periodo para comunicar este tipo de cesiones, si bien se podrán realizar hasta el fin de plazo de solicitud de la PAC 2015.

Lo que si debe quedar perfectamente reflejada es la transacción de los derechos, o futuros pagos, junto con la compra venta de la superficie en la escritura pública correspondiente.
 
 

Recuerda que la información recogida es orientativa. Si necesitas un desarrollo más amplio o una consulta (vía e-mail, telefónica o presencial) más especifica de tu caso particular, o la realización de gestiones puedes solicitarnos presupuesto sin compromiso en asesoria.pac@agronewscastillayleon.com

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