para poder cobrar el pac en 2015, si cobras mas de 1250€ que es mi caso tengo que presentar facturas de la venta de cereal, ¿es asi?.

Autor de la pregunta:

Jorge López

pregunta:

Tengo unos terrenos arrendadados a un agricultor, el trato que tengo hecho es yo cobro el pac y el se queda con la produccion.

Sino entiendo mal para poder cobrar el pac en 2015, si cobras mas de 1250€ que es mi caso tengo que presentar facturas de la venta de cereal, ¿es asi?. 
Hasta aqui en mi declaracion de la renta no he presentado ninguna factura ya que toda la produccion la vendia y declaraba el agricultor. Este año cuando se coseche, ¿tengo que tener alguna factura para poder cobrar el pac en 2015?.
 
Respuesta:

Efectivamente, para poder ser beneficiario de ayudas a partir de la aplicación de la reforma de la pac en 2015, hay que cumplir el requisito de ser agricultor activo, que implica que, en el desde el ejercicio fiscal 2014, las ayudas no pueden suponer más del 80% de los ingresos totales agrarios, y por tanto, el otro 20% debe proceder de venta de producción.

Por ello, si como dices percibes mas de 1250 € en concepto de ayudas, deberás ingresar al menos el 20% de tus ingresos totales agrarios procedentes de venta de cosecha.

Recuerda que la información recogida es orientativa. Si necesitas un desarrollo más amplio o una consulta más especifica de tu caso particular, o que te gestionemos las ayudas puedes solicitarnos presupuesto sin compromiso en asesoria.pac@agronewscastillayleon.com

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