Autor de la pregunta:
Miguel
La cláusula de beneficio inesperado se estudiara en cada caso particular y, si se demuestra que los movimientos de la explotación han sido fruto de la gestión normal de la misma, no tendrán consecuencias. En cambio, si se comprueba que ha habido afán de incrementar de forma artificial los pagos u obtener valores unitarios que escapen a la aplicación de la convergencia, entonces se aplicaran las penalizaciones correspondientes.
Recuerda que la información recogida es orientativa. Si necesitas un desarrollo más amplio o una consulta (vía e-mail, telefónica o presencial) más especifica de tu caso particular, o la realización de gestiones puedes solicitarnos presupuesto sin compromiso en asesoria.pac@agronewscastillayleon.com