En el caso de que voluntariamente en el 2016, me ceda los derechos definitivos adquiridos, ¿podré solicitar la PAC? ¿y si no me los cede, tengo alguna posibilidad de adquirirlos?

Autor de la pregunta:

Javier a

Pregunta: 
Poseo 1,6 hectáreas de regadío, hasta hoy las he tenido arrendadas y el arrendatario ha sido quien ha cobrado la PAC. A partir del 2015  las voy a llevar yo. En el caso de que voluntariamente en el 2016,  me ceda los derechos definitivos adquiridos, ¿podré solicitar la PAC?
¿y si no me los cede, tengo alguna posibilidad de adquirirlos? Muchas gracias y un saludo.

respuesta:

Para poder adquirir los derechos, bien por cesión del actual arrendatario, bien por adquisición a un tercero, deberá en todo caso, cumplir los requisitos de agricultor activo para poder realizar el trámite de adquisición y poder percibir las ayudas correspondientes.

Recuerda que la información recogida es orientativa. Si necesitas un desarrollo más amplio o una consulta (vía e-mail, telefónica o presencial) más especifica de tu caso particular, o la realización de gestiones puedes solicitarnos presupuesto sin compromiso en asesoria.pac@agronewscastillayleon.com

Share This