el trabajo de 1 UTA ha de ser desempeñado necesariamente por la persona que solicita la subvención, o puede ser desempeñado por una persona contratada?

Autor de la pregunta:

Paloma

pregunta:
 
Quisiera saber si podrían responderme a una duda que me ha surgido al estudiar la posibilidad de solicitar la subvención para primera instalación de jóvenes agricultores. 
 
Es respecto a la UTA que se requiere que genere la explotación. No sé si el trabajo de dicha UTA ha de ser desempeñado necesariamente por la persona que solicita la subvención, o puede ser desempeñado por una persona contratada a tal fin por el titular de la explotación.
 
respuesta:

La actividad agraria, debe desempeñarse personalmente aunque pueda contratarse alguna labor. Puede compaginarse la actividad agraria con otras actividades siempre que estas no supongan más de 960 horas/año para que se considere que efectivamente se dedica una UTA.

 

Recuerda que la información recogida es orientativa. Si necesitas un desarrollo más amplio o una consulta (vía e-mail, telefónica o presencial) más especifica de tu caso particular, o la realización de gestiones puedes solicitarnos presupuesto sin compromiso en asesoria.pac@agronewscastillayleon.com

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