como se debe hacer para arrendar las tierras con derechos?

Autor de la pregunta:

Elena M

Pregunta:
Mi madre acaba de heredar una finca propiedad de su padre. Él la explotaba, tenía derechos de pago único y hacia la PAC. Quiere arrendarla ya si fuera posible pero surgen ciertas dudas sobre si puede hacerlo en este momento.
Entiendemos que los derechos de pago base se adjudicarán directamente a mi madre por ser una herencia pero, no cumplirá el requisito de agricultora activa en 2015 y por tanto no ppodrá hacer PAC, como habría que hacer?.
Lo ideal sería hacer un contrato de arrendamiento de tierras con derechos, pero como el plazo de comunicación de cesiones de derechos se ha terminado y no le han adjudicado aún los nuevos derechos, como debe hacer para que no haya problemas?.

REspuesta:

El contrato de puede celebrar igualmente aunque no se pueda comunicar esta situación aún, si bien, debe reflejarse en él que se arriendan las superficies y los futuros pagos según la cláusula contractual que prevé la Administración.

Si acuerdan con la otra parte esperar a que se puedan realizar los trámites es otra opción y entonces ajustarían el contrato a la normativa definitiva.
 

Recuerda que la información recogida es orientativa. Si necesitas un desarrollo más amplio o una consulta (vía e-mail, telefónica o presencial) más especifica de tu caso particular, o la realización de gestiones puedes solicitarnos presupuesto sin compromiso en asesoria.pac@agronewscastillayleon.com

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