El TEAC fija los requisitos para proceder a la devolución del céntimo sanitario

Agronews Castilla y León

9 de mayo de 2014

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El TEAC (Tribunal Económico Administrativo Central) examina los requisitos necesarios para la devolución de ingresos indebidos por el céntimo sanitario (TEAC, Sala Segunda, Vocalía 8ª, Res 24 Abr. 2014. Rec. 3953/2011)

Así para proceder a la devolución de los tributos indebidamente repercutidos se exige necesariamente:

-Primero que la repercusión se efectuara mediante factura o documento sustitutivo,

-Segundo que se produjera el ingreso y no haya sido ya devuelto por la Administración tributaria a quien se repercutió o a un tercero

-y por último, que el obligado tributario que soportó la repercusión no tuviese derecho a la deducción de las cuotas soportadas



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