Teniendo en cuenta la distribución geográfica de los últimos focos de serotipo 4 del virus de la Lengua Azul, y con objeto de ofrecer las garantías sanitarias adecuadas a los movimientos de animales procedentes de estas zonas, desde el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente se ha decidido ampliar la Zona de Restricción de los serotipos 1 y 4 del virus de la Lengua azul, quedando las zonas de restricción del siguiente modo:
1.- Zona de restricción de serotipo 1 y 4:
a) Comunidad Autónoma de Andalucía:
1º. Las provincias de Huelva, Sevilla, Cádiz, Málaga y Córdoba.
2º. En la provincia de Jaén, las comarcas de Jaén, Linares, Andújar, Huelma (Sierra Mágina),Alcalá la Real (montes Occidentales),La Loma y El Condado.
b) Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha:
1º En la provincia de Ciudad Real las comarcas de Almadén, Almodóvar del Campo, Malagón (antiguas comarcas de Malagón y Ciudad Real), Calzada de Calatrava, Piedrabuena (antiguas comarcas de Piedrabuena y Horcajo de los Montes), Valdepeñas y Villanueva de los Infantes
2ºEn la provincia de Toledo las comarcas de Belvís de la Jara, Los Navalmorales, Oropesa y Talavera de la Reina
c) Comunidad Autónoma de Extremadura:
1º. La provincia de Badajoz
2º. En la provincia de Cáceres: las comarcas de Logrosán (Zorita), Cáceres, Plasencia, Navalmoral de la Mata y Trujillo.
d) Comunidad Autónoma de Castilla y León:
En la provincia de Ávila las comarcas de Candeleda y Arenas de San Pedro.
2.- Zona de restricción de serotipo 1: Resto del territorio peninsular.
3.- Zona libre: Islas Baleares y Canarias.