El BOE publica la extensión de norma de la Interprofesional de la Aceituna de Mesa

Agronews Castilla y León

12 de julio de 2016

aceite de oliva

El Boletín Oficial del Estado de hoy, 12 de julio, publica la Orden por la se extiende el acuerdo de la Organización Interprofesional de la Aceituna de Mesa al conjunto del sector, y se fija la aportación económica obligatoria para realizar actividades de promoción

Orden completa

Se aprueba la extensión de normas, al conjunto del sector de la aceituna de mesa, del acuerdo de la Organización Interprofesional de la Aceituna de Mesa, para la realización de actividades de promoción de la aceituna de mesa, la mejora de la información y el conocimiento sobre las producciones y los mercados y la realización de programas de investigación, desarrollo, innovación tecnológica y estudios para las campañas 2016/2017, 2017/2018 y 2018/2019, con aportaciones económicas, para financiar las mismas, de los productores y operadores que operen en España.

La aportación obligatoria será de 5,1 euros por tonelada de aceituna de mesa destinada al mercado, para consumo directo o uso industrial, correspondiendo 1,7 euros por tonelada al productor (peso de aceituna cruda), 1,7 euros por tonelada al entamador (peso de aceituna cruda que entre en la entamadora) y 1,7 euros por tonelada al envasador (peso de aceituna entera escurrida que entre en la envasadora) cuyo producto se destine tanto a consumidor final como a industria, ya sea en el mercado interior o exterior.

Cuota de producción: Los productores agrícolas contribuirán a la aportación económica obligatoria con una cuota de 1,7 euros por tonelada de aceituna cruda que sea entamada. Dicha cuota se devengará en el momento de la entrega a la industria transformadora, bien directamente o a través de puestos de compra y será pagada a la Interprofesional por dicha industria transformadora, por cuenta del agricultor productor de las aceitunas. Cuando la entamadora emita al agricultor la factura de proveedores por las aceitunas entregadas, le practicará la retención del importe de la cuota de producción que pagó en su nombre a la Interprofesional, haciendo constar la expresión: «Retención Extensión de Norma Orden AAA/…….» seguida de su importe.

Cuota de entamado: Las industrias de entamado contribuirán a la aportación económica obligatoria con una cuota de entamado de 1,7 euros por tonelada de aceituna cruda que se entame en sus instalaciones y se devengará al entrar en ellas. La entamadora ingresará la cuota de entamado en la cuenta de la Interprofesional, junto con la de producción y, por tanto, en los mismos plazos.

Cuota de envasado: Las industrias envasadoras contribuirán a la aportación económica obligatoria con una cuota de envasado de 1,7 euros por tonelada de aceituna de mesa envasada, expresada en su equivalente en peso de aceituna entera y escurrida, cualquiera que sea su presentación, preparación o destino. Dicha cuota se devengará en el momento de la entrada de la aceituna en la planta de envasado o, en el caso de que se envase en la misma planta de transformación, cuando entre en la línea de envasado.



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