¿CÓMO AFECTA LA TITULARIDAD COMPARTIDA A LAS AYUDAS AGRARIAS?
La solicitud de las ayudas se realizará a nombre de la TC (que tendrá su CIF) y el pago de estas se realizará en la cuenta bancaria asociada a la TC.
PAC.- Cada uno de los dos integrantes de la TC es beneficiario directo de las ayudas correspondientes en función de su participación del 50%.
La cesión de derechos de cada uno de los miembros a favor de la TC está exenta de retención o peaje.
EXPLOTACIONES PRIORITARIAS: Se considerará prioritaria una explotación en TC cuando obtenga una renta unitaria de trabajo que no supere el 180% de la renta de referencia (el resto de explotaciones limitadas al 120%) y el menos uno de los dos titulares sea agricultor profesional.
PRIMERA INSTALACIÓN DE JOVENES y PLANES DE MEJORA: Se permite acceder a una ayuda de primera instalación y plan de mejora de la TC cuando el cónyuge o pareja de hecho sea titular de la explotación, o dos primeras instalaciones por explotación, además de incrementar la puntuación obtenida en la baremación de los criterios de prioridad (puede suponer un incremento de la ayuda de mas de 10.000 €)
FORMACIÓN: Derecho preferente en las actividades de formación y asesoramiento en materia de agricultura.
SUBVENCIONES: Trato preferente en las subvenciones tramitadas en concurrencia competitiva.
Sandra del Valle, técnico PAC
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