puedo pedir una indemnización si no me devuelve los derechos?

Autor de la pregunta:

María Lourdes

pregunta:

El  contrato de arrendamiento rústico, realizado por mí como arrendadora,  finaliza en septiembre de este año. Según consta en el texto de este contrato y cito textualmente “el presente contrato lleva implícita la cesión  temporal de los derechos de pago único con carácter de arrendamiento o cuotas de producción agrícolas y otros derechos inherentes a las fincas que hayan podido originar las mismas de conformidad con la normativa europea, nacional o autonómica aplicable, los cuales revertirán a la resolución del presente contrato. Esta cesión de derechos será por igual duración que el arrendamiento de las tierras”.

 

 Según la nueva normativa los derechos de pago único han desaparecido y los derechos de pago básico han sido ahora asignados al arrendatario y con un valor diferente a los que tenían los antiguos de pago único.

Si el arrendador quisiera recuperarlos tendría que tener la condición de agricultor activo, condición que no  cumplo. La idea es continuar con el arrendamiento al mismo agricultor pero  ahora en el contrato únicamente se relacionarían las parcelas porque ya no poseo los  derechos a mi nombre.

En este caso, según su guía práctica de arrendamientos rústicos, el arrendatario tiene la obligación de devolver algo ya que si no se estaría produciendo un enriquecimiento injusto en detrimento del arrendador que fue quien originariamente generó esos derechos. Por lo tanto, en este caso entiendo podría solicitarle una indemnización compensatoria.

 

Las preguntas son las siguientes:

 

–  Esta indemnización, ¿la solicitaría por escrito? ¿Cual seria el plazo para solicitarla, antes o después de finalizar el actual contrato de arrendamiento?

 

– Como valorar esta indemnización por cada derecho de pago único arrendado sabiendo que los derechos actuales no tienen el mismo valor que los anteriores y los he perdido para siempre.

 

Muy  agradecida por su atención, muchas gracias y un saludo.

respuesta:

tendrá que llegar a un acuerdo con el arrendatario, ya que se queda con sus derechos; y será la finalizar el contrato;  podría ser el valor que tenían los derechos de pago único, si no se llega a un acuerdo habrá que acudir al Juzgado a que fije esa indemnización, se trata de una interpretación y habrá que esperar a cer qué dicen los Juzgados, ya que aún no se han producido este tipo de situaciones

Celia Miravalles, abogado

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