En cada provincia existe un Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA), cuyo objetivo es recopilar el parque de maquinaria agrícola que está actualmente en vigor y recoger las características de las máquinas que se utilizan en la actividad agraria.
Las máquinas de inscripción obligatoria, recuerdan desde ASAJA Jaén, son todas las máquinas que que vayan a tulizarse en la actividad agriara (agrícola, ganadera o forestal) que cumplan con su correspondiente normativa legal y que pertenezcan a uno de los siguientes grupos:
- -Tractores agrícolas y forestales de cualquier tipo y categoría
- -Motocultores
- -Tractocarros
- -Máquinas automotrices de cualquier tipo, potencia y peso
- -Máquinas arrastradas de más de 750 kg de masa máxima con carga admisible
- -Remolques agrícolas
- -Cisternas para el transporte y distribución de líquidos
- -Equipos de tratamientos fitosanitarios arrastrados o suspendidos, de cualquier capacidad o peso
- -Equipos de distribución de fertilizantes arrastrados o suspendidos, de cualquier capacidad o peso
- -Las máquinas no incluidas en algunos de los apartados anteriores para cuya adquisición se haya concedido un crédito o una subvención oficial
- -Aquellas máquinas no contempladas anteriormente y que determinen las comunidades autónomas