ASAJA Córdoba solicita que se permita la quema del rastrojo de maíz

Agronews Castilla y León

20 de agosto de 2015

img 0858 copiar 2

La nueva normativa de Condicionalidad, publicada en Andalucía el pasado mes de junio, prohibía la quema de restos de rastrojo salvo en arroz, cultivos herbáceos y de poda de cultivos leñosos. Gracias a las demandas de ASAJA Córdoba, está siendo posible la quema controlada de restos de cosecha de girasol y algodón, pero no se autorizó la de maíz, pese que a esta práctica ha sido permitida hasta la campaña pasada y el cultivo lo requiere como medio de luchar contra plagas y enfermedades. Inmersos en plena cosecha del cultivo de maíz, la organización agraria cordobesa solicita a la Consejería de Agricultura que haga todas las gestiones posibles con el Ministerio y la Comisión Europea para que se permita quemar el rastrojo del maíz.

El pasado mes de junio se publicó la nueva normativa de Condicionalidad, en la que se especifica que no se podrán quemar restos de rastrojo salvo los del cultivo del arroz, permitiendo únicamente eliminar restos de cosecha de cultivos herbáceos y de poda de cultivos leñosos, acumulando dichos residuos, y con arreglo a la normativa establecida de Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales

Desde ASAJA se solicitó entonces a la Consejería una aclaración sobre los conceptos a efectos de las quemas de rastrojo y restos de cosecha de cultivos herbáceos, ya que la norma no era clara y daba lugar a diferentes interpretaciones, ante lo que la Consejería publicó una Nota Aclaratoria diferenciando los conceptos de rastrojos -residuos del cultivo que quedan adheridos a la tierra, después de cosechar, quedando parte del tallo unido a la raíz de la planta y cuya quema implica la quema de la superficie total de la parcela- yrestos de cosecha -residuos del cultivo tras la cosecha que quedan esparcidos por el suelo sin sujeción al terreno-.

En su Nota Aclaratoria, la Consejería indicaba que sí se pueden quemar los restos de cosecha, siempre y cuando se acumulen en una zona para su quema localizada y la superficie quemada sea inferior al 25 % de la superficie de total de la parcela afectada.

La propia nota de la Junta de Andalucía especificaba que los restos de cosecha de cultivos de girasol y algodón podrán ser quemados cumpliendo lo anterior, en el caso del girasol, los restos podrán estar hilerados o amontonados, y en el caso del algodón los restos podrán estar amontonados.

La problemática, señalan los técnicos de ASAJA Córdoba, surge con el cultivo del maíz, ya que es uno de los cultivos más afectados por plagas y enfermedades, las cuales afectan en su mayoría a la raíz y tallos, que son las partes que quedan adheridas al terreno por lo que se hace imprescindible la quema del rastrojo. A esto hay que añadir el sobrecoste que supondría quemar únicamente los restos de cosecha, no solo económico sino también medioambiental, al tener que usar maquinaria específica incrementando el uso de gasoil entre otros recursos.

Por ello, ASAJA Córdoba solicita a la Consejería de Agricultura que haga todas las gestiones posibles con el Ministerio y la Comisión Europea para contemplar la posibilidad de poder quemar el rastrojo del maíz.



Share This